
22 de mayo de 2026
El endurecimiento de los delitos medioambientales tendrá que esperar
El 21 de mayo de 2026 expiró el plazo fijado por la Unión Europea para que los Estados miembros transpongan la Directiva (UE) 2024/1203 relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal (la “Directiva”). Y una vez más, España ha incumplido el plazo de transposición sin que existan perspectivas de que esta se materialice en el corto plazo.
La razón es sencilla: actualmente no existe ningún Anteproyecto de Ley aprobado ni Proyecto de Ley remitido a las Cortes que incorpore una reforma penal en los términos exigidos por la Directiva. Por el momento, únicamente constan iniciativas doctrinales y reclamaciones de distintas organizaciones solicitando una actuación urgente por parte de las autoridades.
A pesar del retraso legislativo, conviene no perder de vista el mensaje de fondo de la Unión Europea: la criminalidad ambiental pasa a ocupar una posición prioritaria dentro de la política criminal europea. En este sentido, la Directiva busca reforzar y armonizar la persecución de delitos medioambientales mediante un endurecimiento de sanciones, la ampliación del catálogo de conductas delictivas y una mayor presión sobre la responsabilidad penal
de las personas jurídicas.
En esta nota resumimos las principales exigencias de la Directiva y el estado actual de su futura integración en el ordenamiento jurídico español.