
10 de octubre de 2025
El Sexto Circuito protege, mediante mandamus, materiales privilegiados y producto del trabajo de una investigación interna en In re FirstEnergy
El 3 de octubre de 2025, el Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito de los Estados Unidos otorgó una orden de mandamus en In re FirstEnergy Corp., prohibiendo la divulgación de materiales generados en una investigación interna que están amparados por el privilegio abogado‑cliente y la doctrina del producto de trabajo. La decisión reafirma que las investigaciones realizadas por abogados externos con fines de asesoramiento legal permanecen protegidas, incluso cuando sus hallazgos se utilizan para la toma de decisiones comerciales, y subraya la importancia de preservar estas protecciones en investigaciones corporativas frente a litigios inminentes o en curso.
Trasfondo
FirstEnergy Corporation, una empresa de servicios públicos con sede en Ohio enfrentó escrutinio por un presunto esquema de soborno relacionado con la aprobación del Proyecto de Ley 6 de la Cámara de Representantes de Ohio. Tras la presentación de cargos federales contra un legislador estatal y la emisión de citaciones dirigidas a la compañía, FirstEnergy y su junta directiva contrataron a abogados externos para llevar a cabo una investigación interna. Estas investigaciones se iniciaron en previsión y en respuesta a una oleada de acciones penales, civiles y regulatorias, incluyendo pleitos de accionistas.
Durante el descubrimiento, los demandantes solicitaron la producción de documentos generados en la investigación interna. El tribunal de distrito ordenó su entrega, lo que llevó a FirstEnergy a solicitar ante el Sexto Circuito el remedio extraordinario de mandamus. El Tribunal concedió el mandamus, y dejó claro que la orden de producción amenazaba de forma irreparable protecciones fundamentales del privilegio abogado‑cliente y del producto de trabajo, en un modo no subsanable mediante una apelación ordinaria.
Privilegio abogado‑cliente
El Sexto Circuito reiteró que el privilegio abogado‑cliente cubre comunicaciones confidenciales entre la empresa y su abogado realizadas con el propósito de obtener asesoramiento jurídico sobre posibles responsabilidades penales o civiles. Apoyándose en la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en Upjohn Co. v. US, el Tribunal concluyó que la contratación de abogados externos por parte de FirstEnergy para conducir investigaciones internas y brindar asesoramiento legal a raíz de investigaciones gubernamentales y litigios se encuentra dentro del ámbito del privilegio. El Tribunal rechazó el razonamiento del tribunal de distrito según el cual el uso posterior de los hallazgos para fines comerciales socavaba el privilegio. Enfatizó que el análisis del privilegio se centra en el propósito de la comunicación en el momento en que se realiza, no en usos comerciales ulteriores. Cuando el propósito predominante es jurídico, aunque el consejo informado también influya en decisiones empresariales, el privilegio se mantiene incólume.
Doctrina del producto de trabajo
El Tribunal sostuvo igualmente que la doctrina del producto de trabajo protege los materiales de la investigación interna, pues fueron preparados “debido a” la anticipación razonable de litigio. Señaló el “tsunami” de acciones legales y regulatorias que enfrentaba FirstEnergy cuando se encomendaron las investigaciones, concluyendo que tanto el momento como el propósito de éstas satisfacen los requisitos para la protección del producto de trabajo. Al aplicar el criterio de “debido a”, el Tribunal explicó que los materiales quedan amparados incluso si también sirven fines comerciales o de cumplimiento, siempre y cuando no se hubiesen generado de manera sustancialmente similar en ausencia de la amenaza de litigio.
Implicaciones
La decisión refuerza las sólidas protecciones del privilegio abogado‑cliente y de la doctrina del producto de trabajo en el contexto de investigaciones corporativas internas, en particular cuando se realizan en respuesta a procedimientos legales inminentes o en curso. Asimismo, ofrece una guía útil para empresas que enfrentan procesos penales, civiles y regulatorios paralelos, destacando la necesidad de mantener protocolos claros para el manejo y control de materiales privilegiados.
Para más información sobre las implicaciones de esta decisión o sobre mejores prácticas para proteger materiales privilegiados en investigaciones internas, puede comunicarse con Sonia Torres o con su abogado de contacto en DLA Piper.