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28 de noviembre de 20234 minutos de lectura

Ley de Creación y Crecimiento de Empresas

España renueva el marco jurídico del emprendimiento, permitiendo la constitución simplificada de empresas, luchando contra la morosidad y promoviendo la facturación digital.

Esta ley pretende facilitar la vida de los empresarios y reducir el riesgo de morosidad mediante la facturación electrónica. A continuación encontrará información detallada sobre sus objetivos, principales medidas y cómo afecta a su empresa para ayudarle a navegar este nuevo marco jurídico.

 

Objetivos
  • Crear un marco jurídico que impulse y facilite la creación de empresas y fomente su crecimiento
  • Luchar contra la morosidad.
  • Facilitar el acceso a la financiación.
  • Eliminar los obstáculos regulatorios a las actividades económicas.

 

Principales medidas
  • Constituir empresas telemáticamente y más rápido a través del Punto de Atención al Emprendedor (PAE), el Documento Único Electrónico (DUE) y el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE).
  • Ampliar el catálogo de actividades económicas exentas de licencia previa.
  • Establecer el período medio de pago como criterio de valoración para poder acceder a subvenciones y contratación pública.
  • Obligaciones para los notarios en el momento de constitución de las sociedades.
  • Constituir sociedades de responsabilidad limitada (SRL) tan solo con un Euro de capital social y emplear los recursos liberados en usos alternativos.
  • Deber de las empresas de incluir en la memoria de las CCAA su periodo medio de pago.
  • Generalizar el uso de la factura electrónica en operaciones entre empresarios y profesionales.
  • Flexibilizar los mecanismos de financiación alternativa introduciendo un nuevo régimen jurídico para que las plataformas de crowdfunding puedan prestar sus servicios libremente en Europa.
  • Incentivar la inversión en capital riesgo, ampliando el tipo de empresas en las que pueden invertir estas entidades.
  • Ampliar la legitimación activa en materia de protección de la unidad de mercado.

 

¿Cómo afecta esta nueva ley a su empresa?

Creando un marco jurídico que impulsa y facilita la creación de empresas.

  • Promoviendo el uso de escritura pública con formato estandarizado y estatutos tipo para la constitución de SRL.
  • Facilitando el acceso a la creación de empresas a los colectivos con menores recursos económicos. Mientras el capital social no alcance la cifra de EUR3,000 se deberá destinar como mínimo el veinte por ciento (20%) del beneficio hasta que dicha reserva junto con el capital social alcancen la cifra de EUR3,000.

Luchando contra la morosidad.

Imponiendo la obligatoriedad de usar la factura electrónica para aquellas empresas y profesionales cuando actúen entre ellos en el tráfico mercantil. Esto implica:

  • Reducir costes (ej. Programa Digital Toolkit).
  • Un mayor control y trazabilidad de los pagos.
  • Menores problemas de liquidez para las empresas, especialmente para las PYMES.
  • Multas de hasta EUR10,000 para aquellas empresas que no usen facturas electrónicas.
  • Imposibilidad de optar a ningún tipo de ayuda o subvención pública en caso de que la empresa sea titular de deuda con alguna Administración Pública.
  • Creando un Observatorio Estatal de la Morosidad Privada.

Eliminando los obstáculos regulatorios a las actividades económicas.

  • Ampliando la legitimación activa para que cualquier persona física o jurídica pueda defender la libertad de establecimiento y circulación contra la Administración.
  • Ampliando las actividades exentas de licencia previa de instalación, de funcionamiento o de actividad (ej. empresas de estudios de mercado, servicios integrales y de correos y telecomunicaciones).

Facilitando el acceso a la financiación.

  • Estableciendo un límite único de inversión individual por proyecto para inversores minoristas entre EUR1,000 o 5% de la riqueza. Por encima de dicho límite, recibirán una advertencia de riesgo y tendrán que dar su consentimiento expreso.
  • Considerando las participaciones en SRL como valores aptos para desarrollar las actividades de las plataformas de financiación participativa y de las empresas de servicios de inversión.
  • Reduciendo del cincuenta 50% al 25% del porcentaje de capital mínimo necesario para constituir las sociedades de capital-riesgo (SCR).
  • Estableciendo la posibilidad de constituir Sociedades Gestoras de Entidades de Inversión Colectiva de Tipo Cerrado (SGEIC) bajo la forma de SRL.

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