14 de agosto de 2023
Boletín Migratorio 01 – 2023 | “Indecopi declara como barreras burocráticas ilegales diversas medidas contenidas en el TUPA de Migraciones”
INDECOPI DECLARA COMO BARRERAS BUROCRÁTICAS ILEGALES DIVERSAS MEDIDAS CONTENIDAS EN EL TUPA DE MIGRACIONES
El día 10 de agosto de 2023 se publicó la Resolución No. 0254-2023/SEL-INDECOPI, mediante la cual la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI ha dispuesto declarar como barreras burocráticas ilegales los siguientes requisitos establecidos en los siguientes procedimientos contenidos en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, y en el Reglamento de la Ley N° 26574, Ley de Nacionalidad:
- El cobro de la tasa de S/ 530.60 por derecho de trámite para el procedimiento “Nacionalidad peruana por naturalización”.
- El cobro de la tasa de S/ 113.30 por derecho de trámite para el procedimiento “Obtención de la nacionalidad peruana por matrimonio”.
- La presentación de la “Ficha de Canje Internacional (INTERPOL)” para la tramitación de los procedimientos de “Cambio de calidad migratoria a Rentista Residente” y “Cambio de calidad migratoria a Permanente Residente (antes, Inmigrante)”.
- La presentación de la “Declaración Jurada de Estado de Salud” para la tramitación de los procedimientos de “Obtención de la nacionalidad peruana por naturalización” y “Obtención de la nacionalidad peruana por matrimonio”.
- La presentación de la “Partida de Nacimiento del Cónyuge Peruano” para la tramitación del procedimiento de “Obtención de la nacionalidad peruana por matrimonio”.
- La presentación del “DNI del Cónyuge Peruano” para la tramitación del procedimiento de “Obtención de la nacionalidad peruana por matrimonio”.
Con la publicación de esta Resolución en el Diario El Peruano, se establece la inaplicación de dichos requisitos en los referidos procedimientos administrativos, teniendo efectos generales a partir del 11 de agosto de 2023.