12 de setiembre de 2023
Boletín Laboral 19 – 2023 | “Sala Penal se pronuncia sobre delito de atentado contra las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo”
SALA PENAL SE PRONUNCIA SOBRE DELITO DE ATENTADO CONTRA LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
La Sétima Sala Penal Liquidadora de Lima, ha condenado a un Gerente General como autor del delito de Violación de la Libertad de Trabajo en la modalidad de atentado contra las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo, imponiéndole cuatro (4) años de pena privativa de la libertad y el pago de S/ 180,000.00 por concepto de reparación civil.En el proceso penal se imputó al Gerente General, no haber cumplido diligentemente con las obligaciones en Seguridad y Salud en el Trabajo, por no haber realizado una adecuada identificación de peligros y evaluación de riesgos de energía eléctrica de una máquina a la que estaba expuesto el trabajador, lo cual habría ocasionado un accidente de trabajo mortal.
A criterio de la Sala, para la configuración del referido delito, se debe probar lo siguiente:
- La infracción de normas de seguridad y salud en el trabajo, así como la infracción administrativa de normas de seguridad y salud en el trabajo.
- El peligro real y actual de la vida, la salud o integridad física del trabajador en forma grave.
- La intención deliberada del incumplimiento.
La Sala recabó información del Acta de Infracción emitida por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), ratificando los incumplimientos administrativos del empleador, y precisó que, el hecho de que el trabajador no actuó con diligencia debida y se puso en peligro, no limita la responsabilidad del empleador de realizar los controles oportunos y la adopción de determinadas medidas de seguridad.
Asimismo, a criterio de la Sala, el Gerente General resulta responsable por los hechos, a pesar de que el trabajador no formaba parte de su planilla, sino que se encontraba destacado en su centro de trabajo.
La sentencia no es definitiva y podrá cuestionarse ante la Corte Suprema, quien deberá evaluar los requisitos del delito contra las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo, dentro de ellos, el supuesto actuar deliberado del empleador, así como la conducta riesgosa asumida por el propio trabajador en el resultado fatal.