27 de noviembre de 2023

Boletín Laboral 27 – 2023 | “Se regula el límite para el uso de la información crediticia en convocatorias laborales”

SE REGULA EL LÍMITE PARA EL USO DE LA INFORMACIÓN CREDITICIA EN CONVOCATORIAS LABORALES

El sábado 25 de noviembre, se promulgó la Ley 31944 que modifica la Ley que regula las Centrales de Información de Riesgos y de Protección al Titular de la información, con el fin de restringir el uso de la información de las centrales privadas de información de riesgos (CEPIR).

A través de la referida ley, se ha regulado el límite para el uso de la información crediticia en las convocatorias laborales, conforme a lo siguiente: 1. Permiso para obtener reporte de crédito:

1. Permiso para obtener reporte de crédito:

Las empresas públicas o privadas convocantes a puestos de trabajo que deseen revisar el reporte de crédito de sus candidatos, deberán obtener el permiso por escrito del postulante en el que se exprese de manera indubitable su conformidad.

2. Acto discriminatorio:

El reporte de crédito del candidato, no podrá ser causal de exclusión o descalificación en cualquier fase de la convocatoria, por constituirse en un acto discriminatorio.

3. Exclusión:

Se excluyen de los alcances anteriores a la SBS, a la SMV, así como a las entidades reguladas o supervisadas por estas.

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