29 de marzo de 2025

Chile: Unidad de Análisis Financiero publica Compilado de Normas para instituciones reguladas

La Unidad de Análisis Financiero (UAF) de Chile publicó la nueva Circular N°62, también denominada Recopilación Actualizada de Normas (RAN), la que sistematiza y actualiza las instrucciones aplicables a todos los Sujetos Obligados que realizan alguna de las actividades económicas que se encuentran bajo su fiscalización, como automotoras, inmobiliarias y los servicios regulados por la Ley Fintech, entre otros.

Publicada el 19 de marzo de este año, la RAN busca facilitar la consulta de las disposiciones emitidas por la UAF, derogando una serie de circulares vigentes hasta la fecha, y unificando en un solo documento las instrucciones que deben seguir los Sujetos Obligados para prevenir riesgos relacionados con el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FP).

La nueva Circular incorpora la totalidad de las materias que serán obligatorias a partir del 1° de junio de 2025.

En consecuencia, quienes aún no se hayan registrado deberán hacerlo, mientras que aquellos ya inscritos deberán adoptar un enfoque basado en riesgos para cumplir con sus obligaciones. Entre estas obligaciones destacan: (i) designar un Oficial de Cumplimiento en Chile, (ii) elaborar un Manual de Prevención que incluya expresamente los deberes de reporte, y (iii) capacitar a los trabajadores en la prevención y detección del LA/FT/FP, junto con otras exigencias en materia de Compliance.

Las obligaciones incluyen:

  • La identificación del beneficiario final de sus clientes, ya sean personas o estructuras jurídicas, a excepción de las AFP y Casinos.
  • La identificación y evaluación de los riesgos asociados al LA/FT/FP, sobre la base de la cual deberán aplicar las medidas necesarias de debida diligencia para su mitigación.
  • La documentación del análisis de las operaciones sospechosas, así como las gestiones realizadas y las fuentes de información consultadas, debiendo fundamentar el envío de Reportes de Operaciones Sospechosas a la UAF; o bien su descarte, por ser una operación legítima.

Adicionalmente, la RAN incorpora nuevas categorías de personas que deben ser calificadas como Personas Expuestas Políticamente (PEP), incluyendo:

  • Concejales, Administradores y Directores de Obras Municipales
  • Jueces y Juezas de Primera Instancia
  • Delegados(as) Presidenciales
  • Consejeros(as) Regionales y Asesores(as) Regionales Ministeriales
  • Cónsules
  • Altos Mandos de las Fuerzas Armadas y de Orden
  • Fiscales Adjuntos del Ministerio Público
  • Fiscal Nacional Económico
  • Contralores(as) Regionales

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