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16 de marzo de 2026

Cuando el cumplimiento se convierte en el problema: la advertencia del SEPBLAC sobre el de-risking

En el sector financiero coexisten intereses legítimos cuyo equilibrio es complejo. Las entidades deben cumplir estrictas normas y gestionar riesgos con controles cada vez más rigurosos, mientras que personas y organizaciones necesitan un acceso normalizado al sistema para operar y desarrollar su actividad.

En este contexto, la Autoridad Bancaria Europea (“EBA”) advirtió en 2022 de una tendencia preocupante: en su intento de reducir los riesgos de blanqueo de capitales, algunas entidades estaban optando por rechazar o poner fin a relaciones con determinados clientes o colectivos considerados de mayor exposición al riesgo. Este fenómeno, que prescinde de un análisis individualizado y se basa en decisiones generalizadas por categorías de clientes, se conoce como de-risking.

El SEPBLAC ha descrito este fenómeno como una consecuencia indeseada de una “aplicación exagerada y parcial” de la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (“PBC/FT”). Su principal efecto es la exclusión financiera de determinados colectivos, que ven restringido o incluso bloqueado su acceso a servicios financieros básicos.

Con el objetivo de abordar esta situación, el pasado 5 de marzo el SEPBLAC publicó una Guía de Buenas Prácticas destinada a minimizar el fenómeno del de-risking en el sector financiero español y a mitigar sus efectos (la “Guía”). En esta nota analizamos las principales claves de esta publicación.